Tel. (33) 5980 0308 ing.avila@gcavva.com Av. Acueducto 6075 - A, Puerta de Hierro, Zapopan, Jal.
NUEVA REFORMA DE LA
INDUSTRIA ELECTRICA
LEY DE LA INDUSTRIA ELECTRICA
Esta Ley decretada el 11 de agosto del 2014, tiene por finalidad promover el desarrollo sustentable de la industria eléctrica y garantizar su operación continua, eficiente y segura en beneficio de los usuarios, así como el cumplimiento de las obligaciones de servicio público y universal, de Energías Limpias y de reducción de emisiones contaminantes.
CÓDIGO DE RED
Disposiciones administrativas de carácter general que contienen los criterios de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad del SEN.
* El CENACE Centro Nacional de Control de Energía, es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene a su cargo el Control Operativo del Sistema Eléctrico Nacional, la operación del Mercado Eléctrico Mayorista y el acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución, así como las demás facultades señaladas en esta Ley y otras disposiciones aplicables. El CENACE emitirá las Disposiciones Operativas del Mercado.
* CRE: Comisión Reguladora de Energía, La CRE emitirá las Bases del Mercado Eléctrico y establecerá mecanismos para la autorización, revisión, ajuste y actualización de las Disposiciones Operativas del Mercado.
* Mercado Eléctrico Mayorista: En el Mercado Eléctrico Mayorista, los Generadores, Comercializadores y Usuarios Calificados Participantes del Mercado podrán realizar las transacciones referidas de compra-venta de energía eléctrica, CELs, entre otros productos.
* Suministrador de Servicios Básicos: Permisionarios que ofrece el Suministro Básico a los Usuarios de Suministro Básico y representa en el Mercado Eléctrico Mayorista a los Generadores Exentos que lo soliciten;
* Suministrador de Servicios Calificados: Permisionarios que ofrece el Suministro Calificado a los Usuarios Calificados y puede representar en el Mercado Eléctrico Mayorista a los Generadores Exentos en un régimen de competencia (actualmente son 15 suministradores calificados ); Suministrador de Último Recurso: Permisionarios que ofrece el Suministro de Último Recurso a los Usuarios Calificados y representa en el Mercado Eléctrico Mayorista a los Generadores Exentos que lo requieran.
* Usuario Calificado: Usuario Final que cuenta con registro ante la CRE para adquirir el Suministro Eléctrico como Participante del Mercado o mediante un Suministrador de Servicios Calificados.
* CEL Certificado de Energías Limpias: Título emitido por la CRE que acredita la producción de un monto determinado de energía eléctrica a partir de Energías Limpias y que sirve para cumplir los requisitos asociados al consumo de los Centros de Carga.