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 LEY DE LA INDUSTRIA ELECTRICA

Esta Ley decretada el 11 de agosto del 2014, tiene por finalidad promover el desarrollo sustentable de la industria eléctrica y garantizar su operación continua, eficiente y segura en beneficio de los usuarios, así como el cumplimiento de las obligaciones de servicio público y universal, de Energías Limpias y de reducción de emisiones contaminantes.

CÓDIGO DE RED

Disposiciones administrativas de carácter general que contienen los criterios de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad del SEN.

* El CENACE Centro Nacional de Control de Energía, es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene a su cargo el Control Operativo del Sistema Eléctrico Nacional, la operación del Mercado Eléctrico Mayorista y el acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución, así como las demás facultades señaladas en esta Ley y otras disposiciones aplicables. El CENACE emitirá las Disposiciones Operativas del Mercado.

*  CRE: Comisión Reguladora de Energía, La CRE emitirá las Bases del Mercado Eléctrico y  establecerá mecanismos para la autorización, revisión, ajuste y actualización de las Disposiciones Operativas del Mercado.

* Mercado Eléctrico Mayorista: En el Mercado Eléctrico Mayorista, los Generadores, Comercializadores y Usuarios Calificados Participantes del Mercado podrán realizar las transacciones referidas de  compra-venta de energía eléctrica, CELs, entre otros productos.

* Suministrador de Servicios Básicos: Permisionarios que ofrece el Suministro Básico a los Usuarios de Suministro Básico y representa en el Mercado Eléctrico Mayorista a los Generadores Exentos que lo soliciten;

* Suministrador de Servicios Calificados: Permisionarios que ofrece el Suministro Calificado a los Usuarios Calificados y puede representar en el Mercado Eléctrico Mayorista a los Generadores Exentos en un régimen de competencia (actualmente son 15 suministradores calificados ); Suministrador de Último Recurso: Permisionarios que ofrece el Suministro de Último Recurso a los Usuarios Calificados y representa en el Mercado Eléctrico Mayorista a los Generadores Exentos que lo requieran.

* Usuario Calificado: Usuario Final que cuenta con registro ante la CRE para adquirir el Suministro Eléctrico como Participante del Mercado o mediante un Suministrador de Servicios Calificados.

* CEL Certificado de Energías Limpias: Título emitido por la CRE que acredita la producción de un monto determinado de energía eléctrica a partir de Energías Limpias y que sirve para cumplir los requisitos asociados al consumo de los Centros de Carga.

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